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El aumento no será menor al 20 %, según el director del Comité Nacional de Salarios

Santo Domingo:-El director del Comité Nacional de Salarios (CNS), Ángel Martín Mieses, confirmó que el aumento al salario mínimo del sector privado no sectorizado se aplicará el 1 de abril de 2025, "llueva, truene o ventee". Representando al gobierno, Mieses reiteró que el incremento no será menor al 20 %, como indicó el presidente Luis Abinader, y espera que la negociación se cierre el 24 de febrero.

"Realmente es una afinación que tiene el sector gubernamental que no sea menos de un 20 %. Yo represento el sector gubernamental. Se puede discutir, pero tenemos nuestra posición gubernamental – no menos de un 20 %- como dijo el presidente de la República (Luis Abinader)", indicó.

Además, señaló que actualmente están analizando los planteamientos del sector empresarial, representado por Laura Peña Izquierdo, presidenta de la Confederación Patronal de la República Dominicana (Copardom).

Salarios mínimos

En la República Dominicana existen 16 salarios mínimos, de los cuales seis están siendo evaluados en esta primera fase de discusión en el CNS, un organismo tripartito perteneciente al Ministerio de Trabajo.

En esta etapa, se revisan los salarios de los trabajadores del sector privado no sectorizado, los vigilantes privados y los empleados del sector agrícola. Posteriormente, se analizarán los de las zonas francas, hoteles, bares y restaurantes, así como los de los operadores de maquinaria pesada en el sector agrícola.

Aunque el sector de la construcción no está incluido en la revisión de este año, se recuerda que en esta área existen aproximadamente ocho salarios mínimos distintos, dependiendo de la especialización del trabajador, como plomería y electricidad, entre otras. También se encuentran bajo regulación salarial las ONG sectorizadas dentro del CNS.

Salarios actuales

Los salarios mensuales que devengan los trabajadores actuales son:

  • Empresas grandes 24,990 pesos 
  • Empresas medianas 22,908 pesos
  • Empresas pequeñas 15,351 pesos
  • Microempresas 14,161 pesos.

También, 20,527.50 pesos mensuales para los vigilantes y para los trabajadores del campo: una tarifa de 595 pesos como salario mínimo diario por jornada de 10 horas.

Poder adquisitivo y costo de vida

Actualmente, el salario mínimo más alto del sector privado no sectorizado es de 24,990 pesos, lo que cubre el 89.8 % del costo del primer quintil de ingresos (27,828.58 pesos). Sin embargo, el salario mínimo más bajo, correspondiente a las microempresas (14,161 pesos), solo alcanza el 50.9 % de ese umbral.

Según datos del Banco Central de la República Dominicana (BCRD) de enero de 2025, el costo de la canasta familiar varía según los quintiles de ingresos:

  • Segundo quintil: 36,163.08 pesos
  • Tercer quintil: 42,660.76 pesos
  • Cuarto quintil: 49,466.05 pesos
  • Quinto quintil: 75,490.79 pesos

El costo promedio de la canasta básica nacional se sitúa en 46,420.68 pesos, evidenciando la brecha entre los salarios mínimos y el costo de vida en el país.

Cotizantes en la TSS

Hasta noviembre de 2024, un total de 2,341,892 trabajadores estaban cotizando en el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), registrando 2,434,100 cotizaciones y un salario promedio cotizable de 35,719.70 pesos.

egún el Boletín Estadístico del Régimen Contributivo del SDSS, con datos actualizados al 20 de enero de 2025, el cálculo de la masa salarial cotizable y los promedios salariales solo considera los salarios hasta el tope máximo de cotización, equivalente a 20 salarios mínimos cotizables.

Este tope corresponde al promedio de los salarios mínimos del sector privado no sectorizado, determinado por el Comité Nacional de Salarios, conforme al artículo 57 de la Ley 87-01.

Según el Boletín Estadístico del Régimen Contributivo del SDSS, con datos actualizados al 20 de enero de 2025, el cálculo de la masa salarial cotizable y los promedios salariales solo considera los salarios hasta el tope máximo de cotización, equivalente a 20 salarios mínimos cotizables.

Este tope corresponde al promedio de los salarios mínimos del sector privado no sectorizado, determinado por el Comité Nacional de Salarios, conforme al artículo 57 de la Ley 87-01.

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