El presidente Luis Abinader emitió el Decreto núm. 502-26, que establece un procedimiento administrativo para prevenir, identificar y restringir la importación de mercancías, productos y bienes elaborados mediante trabajo forzoso.
La disposición faculta a la Dirección General de Aduanas (DGA) a prohibir, mediante una decisión motivada, el ingreso al país de productos que se determine fueron fabricados total o parcialmente bajo esta práctica.
El decreto también permite aplicar las medidas a mercancías que ya hayan sido embarcadas, se encuentren en puertos nacionales o estén bajo procesos aduaneros antes de su entrada definitiva al territorio dominicano.
Asimismo, la DGA podrá ordenar la reexportación de los productos a su país de origen, su destrucción u otras acciones establecidas por la ley, además de crear un registro de mercancías cuya importación haya sido restringida.
La medida contempla fortalecer la cooperación internacional y la coordinación entre instituciones como Aduanas, el Ministerio de Trabajo, el Ministerio Público, el MICM y el Ministerio de Relaciones Exteriores para reforzar el control del comercio internacional y la protección de los derechos humanos.



